clausula-sueloEl Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense, mediante Sentencia de 8 de julio de 2014, ha declarado nula la denominada «cláusula suelo» contenida en el contrato de préstamo hipotecario suscrito por la consumidora demandante, y acogiendo los argumentos esgrimidos por este despacho, condena a la entidad Banco Popular a eliminar dicha cláusula del contrato, y a devolver las cantidades cobradas en exceso por la entidad financiera.