PreferentesUna nueva Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ourense, de 20 de FEBRERO de 2014, condena a BANKIA, S.A. a la devolución del capital «invertido», que asciende a 25.000 €, más intereses legales y costas procesales. De nuevo, se acogen los argumentos esgrimidos por este despacho, y se demuestra que el banco no proporcionó información precontractual ni contractual suficiente a su cliente minorista, por lo que el consumidor no pudo ser consciente del error en el que incurría al contratar el producto. Se estima que, efectivamente, la entidad llevó a cabo un inadecuado asesoramiento al cliente para la contratación del producto, pese a que ésta manifestó ser mera intermediaria, y que recomendó la contratación de un producto híbrido derivado perpetuo, aun constando documentalmente que el cliente sólo deseaba renta fija. Asimismo, se demostró que a la vista de la ínfima documentación proporcionada al consumidor, éste nunca pudo entender la posibilidad de perder todo su capital, haciendo gravitar la contratación, en la solvencia y confianza que le transmitió la información verbal suministrada por el comercial.